Deber de colaboración
Fecha última revisión: 09/02/2022
Concepto:
El deber de colaboración es, en el ámbito administrativo, una obligación inherente a las Administraciones públicas cuando estas, directa o indirectamente, operen o colaboren entre sí. Ello implica que faciliten toda la información que sea necesaria, presten asistencia y respeten el ámbito competencial propio de una determinada Administración Pública.
El deber de colaboración también actúa en un sentido negativo, y es que éste puede denegarse cuando un organismo público solicite una colaboración en un ámbito que no sea de su competencia.
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