Última revisión
11/03/2026
Esquema sobre el auto de declaración de concurso (art. 28 del TRLC)
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Fecha última revisión: 11/03/2026
El contenido del auto de declaración de concurso constará de los elementos establecidos en el artículo 28 de la TRLC, incluyendo el carácter voluntario o necesario del concurso, los efectos sobre las facultades de disposición/administración del deudor, el nombramiento de la administración concursal, el llamamiento a los acreedores y la publicidad necesaria para el procedimiento concursal. En el caso de concurso necesario, además, deberá contener el requerimiento al concursado para que presente los documentos que el deudor debe acompañar a la solicitud de concurso. En caso de que el deudor fuera empleador, el auto de declaración de concurso se notificará a la representación legal de las personas trabajadoras. El juez también podrá acordar en el auto las medidas cautelares necesarias para asegurar la integridad, conservación o administración de la masa activa.
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