Última revisión
18/03/2026
Caso práctico: Deducción de IVA soportado no presentado en plazo
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 18/03/2026
Una empresa puede deducir IVA soportado no presentado a tiempo siempre que cumpla requisitos de la LIVA y no haya caducado el derecho.
PLANTEAMIENTO
Una empresa recibe un requerimiento en relación con el IVA en el que se reclama que aporte los registros de IVA soportado y las facturas del segundo trimestre de 2023. Al no contestar a tiempo el requerimiento, la Administración no admite la deducción de ese IVA y practica una liquidación con el correspondiente ingreso.
¿Se puede deducir ese IVA soportado en el ejercicio en curso?
RESP...
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