Última revisión
29/08/2025
Caso práctico: ¿Puede deducirse el IVA y emitirse autofacturas de los productos de muestra entregados a los clientes?
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 29/08/2025
En el caso de entrega de muestras gratuitas a los clientes podrán deducirse las cuotas soportadas en el proceso de producción, y las entregas gratuitas a clientes de estos productos se considerarán un autoconsumo sujeto al impuesto.
PLANTEAMIENTO
Una empresa dedicada a la fabricación de conservas de pescados y mariscos, realiza entregas gratuitas de sus productos a clientes, proveedores y otros agentes relacionados con la empresa, con fines promocionales y de relaciones públicas. Para documentar estas operaciones, la empresa emite autofacturas en las que declara tanto el IVA devengado como el IVA soportado. ¿Es deducible el IV...
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