Última revisión
25/02/2025
Caso práctico: Si traslado mi residencia al TAI, ¿se considera exenta de IVA la importación de una aeronave privada?
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/02/2025
La importación de aeronaves personales al trasladarse a España puede estar exenta de IVA, cumpliendo los requisitos establecidos en la LIVA.
PLANTEAMIENTO
Una persona física residente fuera de la Comunidad Europea va a trasladar su residencia a Madrid (territorio de aplicación del IVA). Junto con sus enseres personales quiere traer al TAI una aeronave de uso privado. Esta importación de la aeronave ¿se encuentra exenta de IVA?
RESPUESTA
Sí, el traslado al TAI de la aeronave podría encontrarse exento siempre y cuando se cumplan los requisi...
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